Matrimonio a distancia es la opción para parejas distantes en tiempos difíciles

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Dos parejas se preparan en Misiones para casarse con sus novios ubicados en otras provincias y separados por la pandemia. Reglamentan los procedimientos. También en situaciones límites el Codigo Civil autoriza el matrimonio en artículo de muerte.

En la provincia de Misiones actualmente se están programando la celebración de dos matrimonios a distancia y en donde el Registro Provincial de las Personas está definiendo los detalles y las fechas para que finalmente se concreten ante el pedido de los que solicitaron se pueda proceder con esta modalidad.

«El matrimonio a distancia ya estaba en el Código Civil. Lo que nosotros hicimos después de la reforma del Código Civil es reglamentar la aplicación dentro de la provincia, o sea lo que sería el procedimiento, cómo se va a realizar el matrimonio porque también está previsto el matrimonio a distancia con residentes en otras provincias o puede ser en el extranjero y los contrayentes están acá en Misiones», explicó en principio Alejandra Soto, la directora del Registro Provincial de las Personas a El Territorio.

«Se publicó en estos días en el Boletín Oficial lo que tuvimos que redactar y habilitar un libro más, que nos faltaba, que es el acta de consentimiento presentado en la provincia de Misiones. Qué contenido tiene que tener esa acta?, supongamos la persona viene nos dice que quiere casarse pero su futura contrayente está en Buenos Aires, entonces esa persona puede prestar acá su consentimiento para que se celebre el matrimonio en Buenos Aires», dijo Soto.

«Entonces nosotros labramos un acta, pedimos la documentación que se necesita para el acta de matrimonio (partida de nacimiento, fotocopia del DNI y los datos de los testigos que comparezcan con vos a dar fe de tu actitud nupcial y de su consentimiento). Redactamos el acta, la persona decide tomar por esposa a esta persona, a la que identificá porque tiene que traer los documentos, los datos de ella y nosotros cargamos todos los datos. Presta su consentimiento, justifica porqué tiene que ser un matrimonio a distancia y debe optar por el régimen patrimonial, si quiere o nó».

«Luego debe manifestar que el matrimonio se va a celebrar tal día, en tal oficina de tal provincia, entonces nosotros la remitimos o se le da a la persona, el acta para que la remita al Registro en donde se va a celebrar el matrimonio», detalló la funcionaria del Registro Provincial de las Personas.

En Iguazú y en Apóstoles
Los casos contrarios a lo que explicó Alejandra Soto es que suceda al revés. Es decir, que los matrimonios se celebren en Misiones. Y se adelantó que actualmente están trabajando y cerrando detalles con dos casos, uno en la ciudad de Puerto Iguazú y otro en Apóstoles. Había un tercero, en Jardín América, pero en las últimas horas se suspendió porque están los dos en la tierra colorada, finalmente.

«Estamos preparando toda la documentación para esos matrimonios. En el caso de Iguazú, está en Buenos Aires y el de Apóstoles, en la provincia de Entre Ríos. Soto confirmó que en dos casos son se dieron por la pandemia y la imposibilidad de viajar, especialmente porque los hombres pertenecen a fuerzas de seguridad y moverse les genera mucho gastos y por eso deciden prestar el consentimiento en la provincia en donde están ahora».

«Estamos esperando que vengan los consentimientos, lo que pasa que no todas las provincias tenían reglamentado el consentimiento entonces estamos en esos trámites. Estamos en la etapa previa de reunir la documentación para celebrar los matrimonios acá».

 

En el caso de Iguazú todavía no fue individualizado si es hombre o mujer que espera por la llegada de la documentación. Pero en el caso de Apóstoles, la chica es la que espera en la Capital Nacional de la Yerba Mate por la documentación y consentimiento de su novio que se encuentra en la provincia de Entre Ríos y será inédito porque nunca sucedió este tipo de celebración en la provincia.

(Fuente: El Territorio)

Qué dice el Código Civil Argentino

ARTICULO 2623.-Matrimonio a distancia. Se considera matrimonio a distancia aquel en el cual el contrayente ausente expresa su consentimiento, personalmente, ante la autoridad competente para autorizar matrimonios del lugar en que se encuentra.

La documentación que acredite el consentimiento del ausente sólo puede ser ofrecida dentro de los noventa días de la fecha de su otorgamiento.

El matrimonio a distancia se considera celebrado en el lugar donde se preste el consentimiento que perfecciona el acto. La autoridad competente para celebrar el matrimonio debe verificar que los contrayentes no están afectados por impedimentos legales y decidir sobre las causas alegadas para justificar la ausencia.

Matrimonio en artículo de muerte
¿Qué es el matrimonio en artículo de muerte?
Cuando alguno de los contrayentes se encuentra en peligro de muerte, el oficial público puede celebrar matrimonio sin que se cumplan todas las formalidades exigidas. Se debe demostrar el peligro de muerte con un certificado de un médico y si no hay médico con la declaración de dos personas.

¿Qué pasa si no se encuentra al oficial público?
En caso de no encontrarse el oficial público encargado del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, el matrimonio en artículo de muerte puede celebrarse ante cualquier juez o funcionario judicial.

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